La Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales define a estas entidades como corporaciones de derecho público con personalidad jurídica propia, y establece en su artículo 3.2 la colegiación como requisito indispensable para ejercer las profesiones colegiadas.
El artículo 36 de la Constitución Española recoge la figura de los Colegios Profesionales y exige que su estructura interna y funcionamiento sean democráticos. Se consolidan así como corporaciones de derecho público con una doble dimensión, pública y privada.
La Ley 75/1980 crea el Colegio Oficial de Biólogos (COB) como corporación de derecho público y establece la colegiación obligatoria para ejercer la profesión. En 1981 los profesionales asturianos quedan encuadrados en la Delegación Territorial de Asturias-Cantabria.
El Real Decreto 1665/1991 reconoce al biólogo como profesión regulada. En 1996 se aprueban los Estatutos del COB (RD 693/1996) y en 1997 la Ley 7/1997 introduce medidas liberalizadoras: colegiación única en todo el territorio nacional, fin de los honorarios mínimos obligatorios y visado voluntario.
En 1999 se crea el Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos de España (CGCOB), que agrupa y coordina a los distintos colegios territoriales. La Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias, reitera la obligatoriedad de la colegiación para el ejercicio en el ámbito sanitario.
La Ley 2/2007 regula las sociedades profesionales y su inscripción en el Registro de Sociedades Profesionales del colegio correspondiente. La Ley Ómnibus (Ley 25/2009) somete a los colegios a la normativa de competencia y exige que la obligatoriedad de colegiación se establezca por ley estatal, además de impulsar la ventanilla única y la transparencia.
El Real Decreto 1837/2008 mantiene la profesión de biólogo como profesión regulada. El Real Decreto 1000/2010 limita el visado colegial obligatorio a un número reducido de supuestos, dejando su necesidad, en general, a voluntad del cliente.
El 6 de mayo de 2010, por segregación del COB nacional, se crea el Colegio Oficial de Biólogos del Principado de Asturias (COBAS), mediante el Decreto 35/2010. El COBAS asume en exclusiva la representación de los biólogos en el territorio asturiano.
Los Estatutos del COBAS se aprueban en Asamblea General y se publican en el BOPA el 27 de febrero de 2014, con modificaciones posteriores en 2019 y 2020. El Tribunal Constitucional (sentencia de febrero de 2013) y el Tribunal Supremo (sentencia de 16 de julio de 2018) han ratificado la obligatoriedad legal de la colegiación y la facultad del Colegio para exigir su cumplimiento.